¿Qué son los Derechos de Habeas Corpus y cómo se ven Amenazados por el Gobierno de Trump? Todo vale contra los Migrantes
La Administración Trump está intensificando su guerra contra el Estado de Derecho. ¿Se trata de una fanfarronada destinada a intimidar a los jueces, o del comienzo de algo peor?
¿Qué son los Derechos de Habeas Corpus y cómo se ven Amenazados por el Gobierno de Trump?
La Administración Trump está intensificando su guerra contra el Estado de Derecho. ¿Se trata de una fanfarronada destinada a intimidar a los jueces, o del comienzo de algo peor?
La entrada de la Casa Blanca es un lugar poco probable para anunciar planes de anular la Constitución. Sin embargo, mientras se acercaba al banco de micrófonos en una soleada tarde primaveral, Stephen Miller, subjefe de gabinete de la Casa Blanca, parecía encantado de dar la noticia de que la administración Trump estaba «estudiando activamente» la posibilidad de suspender el recurso de habeas corpus, el derecho constitucional fundamental de los detenidos a defender ante los tribunales su liberación.
A todas luces, no se trataba de un inciso casual, sino que la pregunta que motivó el comentario de Miller tenía todos los visos de haber sido preparada de antemano. Antes de responder a ninguna otra pregunta, Miller señaló al fondo del público, donde un periodista de Gateway Pundit, un sitio web de extrema derecha, había afirmado que Trump había hablado de tomar esta polémica medida «para solucionar el problema de la inmigración ilegal» y pidió: «¿Cuándo cree que podría ocurrir?».
Miller respondió con el estilo que le caracteriza: una condescendencia que no se ve empañada por el reconocimiento de su propia ignorancia.
¿Qué pasó?
El vicejefe de gabinete de política del presidente Donald Trump dijo a los periodistas el viernes 9 de mayo que la Administración Trump está «estudiando» la opción de suspender el «habeas corpus» para ayudar a los esfuerzos de la Administración Trump por deportar a personas indocumentadas.
«La Constitución es clara, y por supuesto es la ley suprema del país, en el sentido de que el privilegio de la orden de habeas corpus puede suspenderse en tiempos de invasión», dijo Miller fuera de la Casa Blanca. «Así pues, diría que es una opción que estamos estudiando activamente. Depende mucho de si los tribunales hacen lo correcto o no».
Los comentarios de Miller llegan en un momento tenso para la administración Trump, con muchos casos de deportación abriéndose camino en los tribunales. Varios de estos casos pendientes se basan en habeas corpus, incluida la deportación de inmigrantes venezolanos que la administración Trump afirma que forman parte de la banda Tren de Aragua.
Otro caso de inmigración de gran repercusión es el de Kilmar Abrego García. Este hombre de Maryland fue deportado a El Salvador en marzo por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) en lo que inicialmente se describió como un error administrativo. Ábrego García entró ilegalmente en Estados Unidos hace años, pero en 2019 un juez le concedió el estatus de «retención de expulsión» tras considerar creíble su temor a ser perseguido si regresaba a El Salvador. El Tribunal Supremo ordenó al gobierno federal que «facilitara» el regreso de Ábrego García a Estados Unidos, pero aún no lo ha hecho.
Dado que el habeas corpus está demostrando ser un argumento destacado y un tema de conversación en medio de la represión de la inmigración por parte de la administración Trump, esto es lo que tienes que saber sobre el término jurídico.
¿Qué es el habeas corpus?
El significado literal de habeas corpus es «debes tener el cuerpo», pero como principio jurídico otorga a una persona la capacidad de impugnar una detención ante un tribunal.
El habeas corpus (considerado “federal” por el Congreso, en EEUU) es un procedimiento mediante el cual un tribunal federal puede revisar la legalidad de la detención de una persona. Suele ser la fase del proceso de apelación penal que sigue a la apelación directa y a cualquier revisión colateral estatal disponible.
¿Todo ello afecta en el marco de las políticas de migración?
Si, porque este derecho también se extiende a los migrantes que se enfrentan a la expulsión de EEUU como parte de los planes de deportación masiva de Trump, se puede recurrir al habeas corpus para impugnarla.
El Artículo I de la Constitución de EEUU establece que el habeas corpus sólo puede suspenderse «en casos de rebelión o invasión, y cuando lo exija la seguridad pública». Pero esto se describe como un poder del Congreso, no del ejecutivo.
La historia del habeas corpus se remonta siglos atrás al derecho inglés y se considera una protección contra la detención arbitraria por parte de los gobiernos locales y nacionales.
¿Y por qué existe?
La razón por la que el habeas corpus se diseñó para proteger a todo el mundo es porque la gente comprendió a lo largo de los siglos que la gente en el poder podría venir a por ti a continuación. Hoy puedes estar en el poder y mañana puedes ser un grupo marginado. Así que todo el concepto consiste en proteger a quienes son temporalmente impopulares para el gobierno en el poder.
¿Por qué se debate este tema en el clima político actual?
Trump y su administración han afirmado en repetidas ocasiones que Estados Unidos está sometido a una «invasión» de inmigración ilegal y que sus esfuerzos por deportar masivamente a personas deben apoyarse en la Ley de Enemigos Extranjeros.
En una proclama, Trump dijo «Como Presidente de Estados Unidos y Comandante en Jefe, es mi deber solemne proteger al pueblo estadounidense de los efectos devastadores de esta invasión». Esta ley, que forma parte de las Leyes de Extranjería y Sedición de 1798, es una medida de tiempo de guerra que «autoriza al Presidente, durante una guerra declarada, o en caso de “invasión” o “depredaciones” cometidas o amenazadas por “cualquier nación o gobierno extranjero”, a dictar normas que dirijan la conducta de los ciudadanos o nacionales de la nación o gobierno enemigo, o que los repriman de cualquier otro modo.
¿Y cómo ha reaccionado el poder judicial?
Varios jueces han fallado en contra del uso de la Ley de Enemigos Extranjeros por parte de la administración Trump, incluido un juez federal nombrado por Trump.
El 6 de mayo de este año, un juez federal de Nueva York bloqueó el uso de la Ley de Enemigos Extranjeros por parte de Trump, argumentando que la administración Trump no había aportado pruebas de una invasión extranjera para justificar su uso en las deportaciones.
A principios de abril de 2025, el Tribunal Supremo dictaminó que la administración Trump podía seguir utilizando la Ley de Enemigos Extranjeros para deportar a presuntos miembros de bandas a Venezuela, pero con ciertas restricciones. Posteriormente, el Tribunal Supremo impidió que la administración Trump utilizara la Ley de Enemigos Extranjeros para deportar a un grupo de inmigrantes en Texas.
¿Puede la administración Trump suspender el habeas corpus?
Miller ha sugerido que la administración Trump está estudiando si puede suspender el habeas corpus para contribuir a sus esfuerzos de deportación masiva. Pero, ¿tiene la administración la autoridad legal para hacerlo?
La respuesta breve no puede ser más clara. Sólo el Congreso puede suspender el recurso de habeas corpus.
Todo, en un momento en que el segundo mandato de Trump se ha caracterizado por una expansión del poder ejecutivo, que también tiene sobras jurídicas.
¿Pueden los jueces intervenir en estos casos de inmigración?
Si, a pesar de la infundada declaración de Miller de que los jueces del Artículo III «ni siquiera pueden intervenir en casos de inmigración». Eso es obviamente falso en los casos relacionados con la Ley de Enemigos Extranjeros: en abril de 2025, el Tribunal Supremo ordenó que las impugnaciones de las medidas de Trump deben presentarse como casos de habeas.
En términos más generales, aunque la Ley de Inmigración y Nacionalidad envía algunos casos a tribunales especializados en inmigración, no exige, como afirma Miller, que los jueces del Artículo III se mantengan totalmente al margen. Por ejemplo, en el caso de Rumeysa Ozturk, la estudiante turca de posgrado detenida por escribir un artículo de opinión crítico con Israel en el periódico estudiantil de la Universidad de Tufts, la administración alegó que la I.N.A. prohibía al tribunal federal examinar su petición de habeas corpus.
En una sentencia dictada a principios de mayo, el Tribunal de Apelación del Segundo Circuito de Estados Unidos rechazó ese argumento, afirmando que el gobierno había «exagerado drásticamente el alcance» de la ley de inmigración. Un juez federal ordenó la puesta en libertad de Ozturk tras más de seis semanas detenido.
¿Qué implicaciones tiene todo esto?
La ley no es ni de lejos tan definitiva como afirma Miller, y la idea de suspender el habeas corpus es tan descabellada que resulta tentador ignorar sus afirmaciones y descartarlas como más troleo de Miller. No cabe duda de que hay un elemento de chusmerío en su hiperbólica advertencia de que los tribunales que fallan contra la administración en casos de inmigración están inmersos en un «golpe judicial de un puñado de jueces marxistas» que «sólo puede entenderse como un ataque a la democracia».
Pero aquí ocurre algo más siniestro. La implicación no tan sutil es que los jueces deberían pensárselo dos veces antes de interponerse en el camino de la administración, no sea que desencadenen una suspensión del habeas corpus. A la pregunta de si Trump daría un paso tan drástico, Miller respondió: «Mira, mucho depende de si los tribunales hacen lo correcto o no».
¿Eso no es presionar a los jueces?
Así es. En opinión de la administración Trump, el único tribunal bueno es un tribunal obediente.
No es así como funciona la Constitución: en el famoso caso judicial Marbury contra Madison, de 1803, se dicta que los tribunales tienen la «última palabra» sobre lo que exige la ley. Pero para esta administración, el debido proceso es peor que un inconveniente; es un obstáculo que hay que evitar a toda costa, porque cualquier revisión de la legalidad de las acciones de Trump podría impedirle llevar a cabo las expulsiones al ritmo vertiginoso que pretende. Por eso la Casa Blanca ha recurrido a un uso sin precedentes de la Ley de Enemigos Extranjeros fuera de tiempos de guerra, y por eso ha estado tan desesperada por impedir que los jueces consideren el fondo de otros casos, como el de Kilmar Abrego García, a quien la administración envió a una prisión de máxima seguridad en su El Salvador natal violando una orden judicial.
¿Por qué no quieren que se examine el fondo del caso Abrego García?
Porque podría ser como una caja de Pandora para el gobierno de Trump.
J. Harvie Wilkinson III, juez de un tribunal federal de apelaciones, señaló, cuando escribió sobre Abrego García, que el gobierno está haciendo valer un derecho a ocultar a residentes de este país en prisiones extranjeras sin la apariencia del debido proceso que constituye el fundamento del orden constitucional americano. Como señaló, un gobierno «seguro de su posición» de que Ábrego García es un terrorista y miembro de la banda MS-13 no tendría nada que temer del debido proceso.
¿No puede ser esto una huida hacia delante?
Claro. El habeas corpus y el debido proceso están entrelazados: el derecho del detenido a solicitar una revisión judicial es una forma de garantizar que se le ha proporcionado el debido proceso.
Aparentemente desesperada por evitar el escrutinio de sus acciones, la Casa Blanca de Trump está sopesando ahora si desencadenar un terremoto constitucional. Incluso sin eso, el desplante de Miller al poder judicial federal sobre el habeas -en línea con el lenguaje sistemáticamente matón de la administración sobre los tribunales «deshonestos»- es suficientemente preocupante.
¿Y les puede salir bien?
La postura belicosa de la administración podría resultar contraproducente para algunos jueces, pero también podría tener el efecto amedrentador que se pretende: El presidente del Tribunal Supremo, John Roberts, es temperamentalmente proclive a evitar un enfrentamiento como el que hubo en la época de la Guerra Civil americana: la lucha Lincoln-Taney.
En cualquier caso, éste es un momento peligroso. A pesar de todas las medidas legales extremas que ya ha adoptado la Administración, suspender el habeas corpus sería un acto mucho más radical que cualquier otro anterior. El hecho de que nos veamos obligados a tomarnos en serio la sugerencia de Miller es una medida de la gravedad de la amenaza que se cierne sobre la democracia estadounidense.
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Historia del Habeas Corpus: El habeas corpus es, históricamente, una ordenanza del derecho inglés, que se remonta al siglo XII, por la que se ordenaba al custodio de un preso que declarara el día y el motivo de su detención, con la obligación de llevarlo ante la autoridad judicial competente, para que finalmente fuera liberado. Reservado a la nobleza, el principio fue sin embargo poco practicado hasta la ley de Habeas corpus (1679) que lo reafirmó y extendió su aplicación a todos los ciudadanos. El término se utiliza para referirse a las garantías de las libertades personales de los ciudadanos.
Libertad de Expresion: Es una de las más representativas y características libertades de los sistemas democráticos; consiste en el derecho del individuo a exponer sus pensamientos y opiniones por medio de la palabra, por escrito o cualquier otro medio de reproducción sin cortapisas. La libertad de expresión es un derecho humano internacional fundamental. Es intrínsecamente valioso y necesario para el funcionamiento saludable de la democracia y la sociedad civil. La libertad de expresión es necesaria para el logro de otros derechos humanos, como la administración justa de justicia, la educación, el nivel de vida adecuado, la igualdad, la dignidad humana y los derechos de las mujeres, los pueblos y las minorías. Aunque generalmente es una libertad negativa, la libertad de expresión impone obligaciones positivas al estado para proporcionar acceso a la información, acceso a Internet y para promover el derecho del niño a participar en la educación, el trabajo y la vida familiar. La libertad de expresión ampliamente entendida abarca un paquete de derechos que están íntimamente entrelazados, incluida la libertad de opinión, expresión, prensa, información, asociación, reunión, pensamiento, conciencia, creencia y religión. Aunque los derechos pueden organizarse conceptualmente en las cuatro categorías de expresión, asociación, reunión y pensamiento, cada uno con un significado distinto, los casos reales comúnmente involucran más de uno de los derechos. Por ejemplo, la prohibición de usar pañuelos en un entorno educativo público plantea cuestiones de libertad de expresión y religión. La libertad de expresión está reconocida por la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), la Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), la Carta Árabe de los Derechos Humanos (Carta Árabe) y el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH). Aunque la libertad de expresión es fundamental, no es absoluta. El artículo 19 del ICCPR permite restricciones a la libertad de expresión que son necesarias para proteger los derechos o la reputación de los demás, la seguridad nacional, el orden público, la salud pública o la moral pública. Cualquier restricción de este tipo debe estar prevista por la ley y ser proporcionada. La literatura sobre la libertad de expresión como un derecho humano internacional tiende a centrarse en los casos y la jurisprudencia, prestando cierta atención a las funciones de las instituciones internacionales de derechos humanos. Los grupos regionales e internacionales de la sociedad civil destacan activamente las amenazas actuales a la libertad de expresión, a menudo en casos de amenazas a individuos, periodistas o grupos pequeños, pero también de manera más sistemática a través de informes anuales, nacionales, regionales y temáticos. Los problemas contemporáneos de libre expresión que surgen bajo el derecho internacional incluyen discursos comerciales, discursos de odio, medios, homosexualidad y religión. Los dos temas más frecuentes en la última década han sido las medidas contra el terrorismo y la Internet. Por supuesto, Internet ha transformado las comunicaciones, pero también ha permitido una vigilancia estatal e internacional sin precedentes que amenaza la privacidad y la libertad de expresión por igual. La importancia de la libertad de expresión en el derecho constitucional nacional tiene su reflejo en el derecho internacional. Se expresa en el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948); en el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) ("PIDCP"); y en los instrumentos regionales de derechos humanos, como el artículo 9 de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (1981); el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos (1969); el artículo 10 del CEDH; y el artículo 11 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (2000).
Historia de las Deportaciones: Véase también: Deberes Fundamentales, Derechos Ciudadanos, Derechos Fundamentales.
Familia: La definición social de familia y de sus valores y ventajas para cada individuo depende en gran medida de la experiencia de los individuos y de sus percepciones de los vínculos personales. La definición en derecho, del mismo modo, varía, y el concepto jurídico de familia puede ser diferente del sociológico o psicológico. Un rasgo común puede ser la unión social formada por los miembros de la familia, pero quién exactamente puede o debe considerarse un miembro de la familia puede variar significativamente. Una conexión biológica directa de dos personas por descendencia se considera generalmente una conexión que establece una relación familiar, pero la inclusión de parientes colaterales y remotos no puede darse por sentada. La "familia", como institución jurídica, exige una relación legal entre los miembros de la familia. Esta relación jurídica puede resultar de una relación de sangre legalmente reconocida, de un acto jurídico (como el reconocimiento, la adopción o el matrimonio) o de un acto de hecho legalmente relevante (como la aceptación de una persona en el hogar) o de cualquier combinación de los mismos. Cada sociedad y cada época definen qué hechos se consideran jurídicamente relevantes. Por lo tanto, la definición de "familia" difiere, a veces sustancialmente, de un sistema jurídico a otro. El concepto jurídico se ve influido por las funciones sociales y societales de la familia en la comunidad concreta y por el significado jurídico de la pertenencia a una familia.
Derecho de Asilo: En sus orígenes, el derecho de asilo, que liberaba a los delincuentes de la violencia inmediata de sus perseguidores e incluso de la aplicación rigurosa de las penas correspondientes al delito cometido, al acogerse a la protección de determinados derechos.
Prisión Preventiva: Duración de la prisión preventiva en los procedimientos de extradición cuando concurre con causas penadas. Cómputo de los plazos Aunque en estos casos de simultaneidad se admiten distintas posibilidades (la simultaneidad de la prisión puede ser por la condición de penado y preso).